Nuestra Constitución Política del Estado precisa que la persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado. Por ello, las políticas públicas deben estar dirigidas a la defensa de la persona humana y la protección de la vida.En principio toda persona es responsable del daño que eventualmente cause. Pero cuando el daño no responde a negligencia médica sino a falta de infraestructura, instrumental para diagnóstico o tratamiento, ¿quién responde? Para legislar adecuadamente es necesario atender el problema en el contexto real y específico.
De otro lado, el seguro médico debe modificar conductas. Hacer que clínicas, hospitales, médicos y pacientes cuenten con información adecuada. No puede pagar igual por el seguro quien cumple sin negligencia, que aquel que incumple con sus tareas por descuido culpable.
Michael Urtecho
Congresista